ELIMINARON EL TRÁMITE DE “FE DE VIDA” PARA JUBILADOS Alto Valle Regionales Rio Negro Roca por rocanoticias - 13/07/20230 Se trata de un trámite que debían realizar periódicamente para que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) certifique la supervivencia del jubilado o pensionado. La nueva norma establece que «en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación» jubilatoria «más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice». En ese sentido, el banco donde se cobra la jubilación o pensión ofrecía diversas metodologías digitales para realizar la Fe de Vida. De esta manera, se brindaba la posibilidad para elegir de qué forma realizar este trámite. A través de la Resolución 132 y tras la derogación de las normativas predecesoras 567 y 648, el mecanismo buscará optimizar el esquema utilizado para la liquidación de los montos quincenales, mensuales o único. «Resulta necesario que los Convenios de Pago de Prestaciones de la Seguridad Social, a suscribirse junto a las entidades pagadoras, contenga todas las innovaciones a este respecto», puntualiza una parte del Considerando.En resumen:RocaNoticias.com en Redes Sociales con información al instante! Facebook.com/RocaNoticiasOK Twitter.com/RocaNoticiasOK Youtube.com/@RocaNoticias Instagram.com/RocaNoticiasOK Telegram.me/RocaNoticias TikTok.com/@RocaNoticias(Gentileza mediosdelaire)Compartir esta noticia:Tweet Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram Haz clic para compartir en Reddit (Se abre en una ventana nueva) Reddit Haz clic para imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir Relacionado...
Se trata de un trámite que debían realizar periódicamente para que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) certifique la supervivencia del jubilado o pensionado. La nueva norma establece que «en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación» jubilatoria «más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice». En ese sentido, el banco donde se cobra la jubilación o pensión ofrecía diversas metodologías digitales para realizar la Fe de Vida. De esta manera, se brindaba la posibilidad para elegir de qué forma realizar este trámite. A través de la Resolución 132 y tras la derogación de las normativas predecesoras 567 y 648, el mecanismo buscará optimizar el esquema utilizado para la liquidación de los montos quincenales, mensuales o único. «Resulta necesario que los Convenios de Pago de Prestaciones de la Seguridad Social, a suscribirse junto a las entidades pagadoras, contenga todas las innovaciones a este respecto», puntualiza una parte del Considerando.