Usted esta aquí
Inicio > Regionales >

Hicieron una mansión en una zona protegida y deberán demolerla

El Municipio de Roca tomó medidas drásticas contra los propietarios de una mansión. Los millonarios dueños desafiaron las normas vigentes y construyeron en el Área Natural Protegida Paso Córdoba. Esta acción descarada viola la Ley provincial 2669 y las ordenanzas 2583/97 de Protección del Área, 3454/01 del Plan de Manejo y el Código de Edificación Municipal.

Los audaces infractores fueron descubiertos por el personal municipal de las direcciones de Medio Ambiente y de Arquitectura, quienes constataron una gigantesca obra en una zona estrictamente prohibida. La construcción, que incluye dos plantas y edificaciones adyacentes, carecía de plano aprobado, permiso municipal y hasta de un cartel de obra. A pesar de las actas de infracción y la orden de paralización inmediata emitida por el municipio, los propietarios, con una actitud desafiante, continuaron con la construcción.

En un intento desesperado por justificar su ilegalidad, en un primer momento los infractores argumentaron que la propiedad no estaba dentro del ejido municipal, teniendo en cuenta un viejo litigio entre Roca y El Cuy. Subsanado este argumento, intentaron presentar un supuesto proyecto turístico, que fue rápidamente desmantelado por las autoridades debido a la falta de factibilidad ambiental. Los expertos advirtieron sobre los devastadores impactos negativos e irreversibles para el ambiente: movimientos de terreno, incorporación de materiales ajenos al lugar, desmonte de vegetación, generación de residuos y la afectación de valiosos restos paleontológicos.

Sin ninguna excepción concedida por el Concejo Deliberante y después de agotar todas las instancias procesales, el Juzgado Municipal de Faltas aplicó una multa de 105,000 USAM, equivalente a 12,6 millones de pesos. Pero eso no es todo: también se ordenó la demolición inmediata de todas las construcciones ilegales y la restauración ambiental completa del área afectada para devolver el espacio a su estado natural.

La casona está a sólo un puñado de kilómetros de donde cientos de deportistas invaden todas las tardes el área natural protegida.

La medida generó críticas hacia la gestión de María Emilia Soria, porque en la margen sur del río Negro, es un lugar donde cientos de deportistas pasan sus tardes entrenando y luego los fines de semana se hacen pruebas atléticas y caminatas. En la zona hay puesteros que tiene sus animales, además hay dos santuarios en los que se realizan, reuniones religiosas

Ley de Área Natural Protegida

La ley en la que sancionó la Ley de Área Nacional Protegida tiene la autoría del ex gobernador Pablo Verani, cuando fue legislador y lleva el número 2669. Luego se incorporaron modificaciones y se agregaron anexos, pero su espíritu nunca cambió. Esas porciones de territorio quedan afectadas a la «protección legal y manejo especial para lograr uno o varios objetivos de conservación. Pueden pertenecer al Estado o ser de propiedad privada, pero siempre manejadas de acuerdo a normas fijadas por autoridades estatales. Se las denomina también como Unidades de Conservación».

En el plan de manejo, está detallado una lista de prohibiciones: a) El uso de zonas para fines económicos, extractivos y/o recreativos; b) La introducción de especies de flora y fauna exótica, así como cualquier otra modificación del ecosistema; c) La pesca, la caza y la recolección de flora o de cualquier objeto de interés geológico y biológico, a menos que sea expresamente autorizado con un fin científico o de manejo; d) El uso o dispersión de sustancias contaminantes (tóxicas o no), salvo que sea expresamente autorizado con un fin científico o de manejo; e) Ningún tipo de asentamiento humano; f) El acceso del público en general. El ingreso de grupos limitados de personas, con propósito científico o educativo, se realiza mediante autorización previa; g) La construcción de edificios, caminos y otras obras de desarrollo físico, con la excepción de aquellas mínimas necesarias para la administración y la observación científica.

Con el mismo espíritu el municipio de Roca sancionó en 1997 sus ordenanzas para proteger el ecosistema del Área Protegida Paso Córdoba, prohíbe cualquier tipo de construcción en esa zona. 

En resumen:
Resumen en español del contenido en 100 palabras

El Municipio de Roca tomó medidas drásticas contra los propietarios de una mansión. Los millonarios dueños desafiaron las normas vigentes y construyeron en el Área Natural Protegida Paso Córdoba. Esta acción descarada viola la Ley provincial 2669 y las ordenanzas 2583/97 de Protección del Área, 3454/01 del Plan de Manejo y el Código de Edificación Municipal.

Los audaces infractores fueron descubiertos por el personal municipal de las direcciones de Medio Ambiente y de Arquitectura, quienes constataron una gigantesca obra en una zona estrictamente prohibida. La construcción, que incluye dos plantas y edificaciones adyacentes, carecía de plano aprobado, permiso municipal y hasta de un cartel de obra. A pesar de las actas de infracción y la orden de paralización inmediata emitida por el municipio, los propietarios, con una actitud desafiante, continuaron con la construcción.

En un intento desesperado por justificar su ilegalidad, en un primer momento los infractores argumentaron que la propiedad no estaba dentro del ejido municipal, teniendo en cuenta un viejo litigio entre Roca y El Cuy. Subsanado este argumento, intentaron presentar un supuesto proyecto turístico, que fue rápidamente desmantelado por las autoridades debido a la falta de factibilidad ambiental. Los expertos advirtieron sobre los devastadores impactos negativos e irreversibles para el ambiente: movimientos de terreno, incorporación de materiales ajenos al lugar, desmonte de vegetación, generación de residuos y la afectación de valiosos restos paleontológicos.

Sin ninguna excepción concedida por el Concejo Deliberante y después de agotar todas las instancias procesales, el Juzgado Municipal de Faltas aplicó una multa de 105,000 USAM, equivalente a 12,6 millones de pesos. Pero eso no es todo: también se ordenó la demolición inmediata de todas las construcciones ilegales y la restauración ambiental completa del área afectada para devolver el espacio a su estado natural.

La casona está a sólo un puñado de kilómetros de donde cientos de deportistas invaden todas las tardes el área natural protegida.

La medida generó críticas hacia la gestión de María Emilia Soria, porque en la margen sur del río Negro, es un lugar donde cientos de deportistas pasan sus tardes entrenando y luego los fines de semana se hacen pruebas atléticas y caminatas. En la zona hay puesteros que tiene sus animales, además hay dos santuarios en los que se realizan, reuniones religiosas

Ley de Área Natural Protegida

La ley en la que sancionó la Ley de Área Nacional Protegida tiene la autoría del ex gobernador Pablo Verani, cuando fue legislador y lleva el número 2669. Luego se incorporaron modificaciones y se agregaron anexos, pero su espíritu nunca cambió. Esas porciones de territorio quedan afectadas a la «protección legal y manejo especial para lograr uno o varios objetivos de conservación. Pueden pertenecer al Estado o ser de propiedad privada, pero siempre manejadas de acuerdo a normas fijadas por autoridades estatales. Se las denomina también como Unidades de Conservación».

En el plan de manejo, está detallado una lista de prohibiciones: a) El uso de zonas para fines económicos, extractivos y/o recreativos; b) La introducción de especies de flora y fauna exótica, así como cualquier otra modificación del ecosistema; c) La pesca, la caza y la recolección de flora o de cualquier objeto de interés geológico y biológico, a menos que sea expresamente autorizado con un fin científico o de manejo; d) El uso o dispersión de sustancias contaminantes (tóxicas o no), salvo que sea expresamente autorizado con un fin científico o de manejo; e) Ningún tipo de asentamiento humano; f) El acceso del público en general. El ingreso de grupos limitados de personas, con propósito científico o educativo, se realiza mediante autorización previa; g) La construcción de edificios, caminos y otras obras de desarrollo físico, con la excepción de aquellas mínimas necesarias para la administración y la observación científica.

Con el mismo espíritu el municipio de Roca sancionó en 1997 sus ordenanzas para proteger el ecosistema del Área Protegida Paso Córdoba, prohíbe cualquier tipo de construcción en esa zona. 


Gentileza mejorinformado
Ir arriba