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AFIP extiende el plazo para informar deducciones de Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado una ampliación del plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales correspondientes al Impuesto a las Ganancias.

Según informó la entidad, los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de abril para presentar el formulario F.572 Web correspondiente al período fiscal 2023.

Esta medida tiene como objetivo principal brindar seguridad jurídica en relación a la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año pasado. Además, busca adecuar la liquidación provisoria del año 2024, la cual ha sido modificada por distintos decretos del Poder Ejecutivo que no tuvieron efecto en las disposiciones legales correspondientes. Ante esta situación, el Gobierno presentó una iniciativa en el Congreso para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante el año 2023.

Una vez realizada la liquidación anual por parte de los empleadores, las devoluciones del impuesto retenido en exceso a los trabajadores se llevarán a cabo durante el mes de mayo, con fecha límite hasta el 10 de junio de 2024. Esto implicará un alivio financiero para aquellos asalariados que hayan pagado un monto mayor al que les correspondía.

Los aspectos fundamentales de esta medida son los siguientes: se extiende el plazo hasta el 30 de abril de 2024 para que los beneficiarios presenten el formulario F.572 Web correspondiente al período fiscal 2023. Asimismo, se amplía hasta el 31 de mayo de 2024 el plazo para que los agentes de retención realicen la liquidación anual del impuesto a las ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2023.

Es importante destacar que el importe determinado en la liquidación anual se retendrá o reintegrará al trabajador una vez que se realice el primer pago posterior al 31 de mayo de 2024 y hasta el 10 de junio de 2024. Por último, se informa e ingresa el importe de la liquidación anual en el Sistema de Control de Retenciones (SICORE) durante el mes de mayo de 2024, indicando como fecha de retención el 31 de mayo de ese año.

La AFIP ha tomado esta medida con el fin de simplificar y mejorar el proceso de declaración de impuestos y de fortalecer la transparencia en el sistema tributario, garantizando así el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes. 


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