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Ahora los amparos de obras sociales y prepagas nacionales deberán tramitarse en la Justicia Federal

Ahora los amparos de obras sociales y prepagas nacionales deberán tramitarse en la Justicia Federal:

Una reciente definición de competencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación derivó en un cambio de doctrina del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

Desde el 8 de noviembre, el Poder Judicial rionegrino ya no será competente para intervenir en los amparos de salud que se inicien contra obras sociales y empresas de medicina prepaga nacionales. Esos trámites deberán realizarse en la Justicia Federal.

Hace pocas semanas, la Corte Suprema decidió en un caso rionegrino, que se había iniciado en la Justicia provincial, pero que la empresa de medicina prepaga demandada (Avalian) reclamaba sea decidido por la Federal. El juez Federal de General Roca aseguró que era su competencia; el caso llegó al máximo Tribunal argentino, que ratificó que debía tramitarse en dicho Juzgado Federal.

Con tal antecedente, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro cambió su doctrina y lo dejó asentado en la parte resolutiva de una nueva sentencia: los amparos contra obras sociales y prepagas que se interpongan a partir del 8 de noviembre de 2021, serán competencia de los organismos federales y ya no de los juzgados rionegrinos.

El voto mayoritario argumentó que los precedentes que dicta la Corte nacional se tornan obligatorios para los Tribunales provinciales.

Gentileza anr

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