Usted esta aquí
Inicio > Regionales >

ANSES entrega un bono extra de $40.000 en julio: a quiénes alcanza el beneficio

ANSES entrega un bono extra de $40.000 en julio: a quiénes alcanza el beneficio

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) finalizará el calendario de pagos correspondiente a junio 2023, entre ellos está la Prestación por Desempleo.

El beneficio de la prestación de desempleo tiene un mínimo de $24.440 y un máximo de $40.733 para personas sin trabajo. Los valores son calculados según ingresos y meses trabajados, para personas con aportes durante los últimos 3 años. Las personas mayores a 45 años obtendrán esta ayuda económica por 6 meses más.

Mientras el beneficio esté en vigencia, se podrá acceder a otras asignaciones familiares y continuar gozando de la obra social a la que se estaba afiliado. Con fines previsionales, los meses en donde la persona cobre la prestación, se computarán como antigüedad.

 

 

Requisitos para poder cobrar el Fondo de Desempleo 

 

El beneficio es para:

Aquellas personas que fueron despedidos de un trabajo en relación de dependencia sin causa justa, por finalización de contrato o causas externas al trabajador.
Si sos empleado permanente tenés que tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
Si sos empleado eventual y/o de temporada tenés que haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo

Las personas que NO podrán gozar del Fondo de Desempleo:

-Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
-Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
-Sean beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
-Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
-Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
-Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.

Tampoco podrán acceder:

-Servicio Doméstico.
-Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
-Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
-Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias -Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.

 

Cómo inscribirse al Fondo de Desempleo

 

-Presentar el DNI y documentación de ANSES que compruebe el desempleo. -Luego pedir un turno en la página de ANSES y presentar la documentación. Se puede solicitar el beneficio luego de 90 días hábiles de finalizada la relación laboral.

En resumen:


Gentileza anr
Ir arriba