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Apretando donde duele: le retuvieron el registro de conducir para que pague la cuota alimentaria

Apretando donde duele: le retuvieron el registro de conducir para que pague la cuota alimentaria

El fuero de Familia de Cipolletti encontró una forma original y eficiente para conseguir que los deudores de la cuota alimentaria empiecen a regularizar su situación. Dejó atrás la fórmula tradicional de días de prisión en una comisaría, que sólo agregaban complicaciones y demoras, y buscó sanciones que afectaran las costumbres, las comodidades o el confort.

En este caso, un vecino de nuestra ciudad estaba adeudando más de 100.000 pesos en cuota alimentaria y no daba señales de regularizar. Por eso, su ex pareja pidió asistencia judicial. Y la jueza dispuso retener la licencia de conducir al deudor moroso y prohibirle su renovación u obtención en otro municipio. Después de tres meses, el hombre reunió el dinero, cumplió con sus obligaciones y le devolvieron el carnet.

Las demandas por alimentos en el fuero de Familia forman parte de los procesos más frecuentes. Lo que se pretende es garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes. Por ello la normativa contempla medidas para el cumplimiento de las cuotas alimentarias: embargos, subastas y suspensión de actividades. Cuando no es posible ubicar a las y los progenitores, la demanda puede dirigirse a abuelos y abuelas.

En este caso particular, el reclamo se efectuó en agosto del año pasado. En ese momento el progenitor acumulaba una deuda de 107.000 pesos de alimentos. La resolución judicial dispuso como medida razonable la suspensión y el retiro de la licencia de conducir vigente así como su prohibición para renovarla, hasta tanto se acreditara el cumplimiento de la obligación alimentaria.

Se consideró que la obligación alimentaria del progenitor emerge de la responsabilidad parental y que la omisión de pagar no es otra cosa que una vulneración a los Derechos Humanos de sus propios hijos.

Surge del expediente que la falta de prestación configura una violación a un derecho elemental básico del hijo y constituye un claro caso de violencia. La ley de Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares considera actos de violencia económica familiar: «aquellas acciones y conductas que impidan o restrinjan el ejercicio del derecho de propiedad, el acceso o administración de bienes, propios o gananciales, dinero, falta de cumplimiento adecuado de los deberes alimentarios que pongan en riesgo el bienestar o desarrollo de las personas o de sus hijos menores de edad«.

Pasaron algunos meses hasta que el progenitor regularizó la deuda. En este contexto, una segunda resolución judicial dispuso el levantamiento de las medidas.


Gentileza anr
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