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Cruzó un semáforo en rojo a más de 100 km/h: mató a un motociclista e irá preso

Durante una segunda audiencia de cesura, un desaprensivo conductor que cruzó un semáforo en rojo a más de 100 km/h y mató a un motociclista, fue condenado a cumplir cuatro años y seis meses de prisión. El hecho se produjo el 17 diciembre de 2021, en el cruce de la ex ruta 22 y la calle Bahía Blanca, en Neuquén capital.

 

Según quedó demostrada en las diferentes audiencias, José Manuel Agüero conducía una Renaulto Kangoo por la ex ruta 22 a más de 100 km/h. En principio, un exceso de velocidad para una ruta que atraviesa una zona urbana. Pero además, no advirtió que al llegar al cruce con Bahía Blanca el semáforo estaba en rojo. Pasó de largo y embistió a un motociclista que estaba cruzando con el paso habilitado.

 

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El conductor del vehículo más pequeño, Horacio del Carmen Bravo terminó tendido en el pavimento, con gravísimas heridas. Murió esa misma noche en el Hospital neuquino. Las pericias posteriores revelaron que al momento del impacto. Agüero iba a 104 km/h.

 

El caso fue juzgado en septiembre de 2023. En ese momento, Agüero fue declarado penalmente responsable por el delito de homicidio simple. Durante el juicio de cesura se le impuso ocho años de prisión.

 

 

Esa condena fue impugnada por las defensoras oficiales y un Tribunal de Impugnación (T.I.) integrado por la jueza Patricia Lupica Cristo y los jueces Nazareno Eulogio y Andrés Repetto, modificó la resolución del tribunal de juicio. El TI dispuso el reenvió del caso para que se realice un nuevo juicio de cesura pero bajo una calificación legal más leve: homicidio culposo agravado (artículos 84 bis segundo párrafo y 45 del Código Penal).

 

En la nueva audiencia de determinación de la pena realizada la semana pasada, el fiscal del caso Andrés Azar y la asistente letrada de la fiscalía de Delitos contra las Personas Carolina Gutiérrez, requirieron que se le imponga a Agüero 5 años y 6 meses de prisión efectiva.

 

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Los agravantes que los representantes de la fiscalía tuvieron en cuenta para requerir el monto de la pena fueron: la naturaleza de la acción, la gravedad del hecho y la extensión del daño causado, mientras que como atenuante sólo fue valorada la ausencia de antecedentes penales.

 

El abogado querellante, Pablo Diclemente, que intervino en representación de la familia de Bravo, pidió que la pena sea de 6 años de prisión efectiva.

 

El tribunal encargado de fijar la pena estuvo conformado por la jueza Estefanía Saulí y los jueces Luis Georgetti y Mauricio Zabala. La magistrada y los magistrados impusieron por unanimidad, la pena de 4 años y 6 meses de prisión efectiva y la inhabilitación para conducir vehículos a motor por 10 años.

 


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