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Cuánto se cobrará por fondo de desempleo a partir de la semana que viene

Cuánto se cobrará por fondo de desempleo a partir de la semana que viene

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) retomó el calendario de pagos para las prestaciones y beneficios de junio 2023.

ANSES informó que, a partir del lunes 26 de junio, se podrá cobrar el fondo de desempleo, que está dirigido a quienes hayan trabajo en relación de dependencia y fueron despedidos sin causa justa.

Cabe mencionar que, la prestación por desempleo es un beneficio de mínimo $24.440 y un máximo de $40.733 para personas sin trabajo. Los valores se calculan según ingresos y meses trabajados, con aportes durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

De este modo, durante la vigencia del beneficio, se podrá acceder a otras asignaciones familiares y a la obra social a la que estabas afiliado. A su vez, el período durante el cual se cobra la prestación se computará como antigüedad para fines previsionales.

Requisitos para acceder al beneficio

Está dirigido a:

Aquellas personas que fueron despedidos de un trabajo en relación de dependencia sin causa justa, por finalización de contrato o causas externas al trabajador.

Si sos empleado permanente tenés que tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.

Si sos empleado eventual y/o de temporada tenés que haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

No pueden acceder al Fondo de Desempleo de ANSES:

Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.

Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).

Sean beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).

Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.

Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.

Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.

Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes:

Servicio Doméstico.

Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.

Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)

Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.

Cómo inscribirse

Para acceder a la prestación se debe:

Presentar el DNI y la documentación que compruebe el desempleo. Este último requisito varía según el motivo de despido. Para más información podés ingresar al siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/servicio/tramitar-la-prestacion-por-desempleo

Una vez con la documentación, podés pedir un turno en ANSES y presentarla de forma presencial en la oficina o acceder a Atención Virtual con tu CUIL y Clave de Seguridad Social.

Quienes busquen acceder al beneficio tendrán 90 días hábiles desde que se produjo la ruptura de la relación laboral para solicitar la prestación. De lo contrario, se descontará un día de prestación por cada día hábil transcurrido.

Calendario de pagos

Documentos terminados en 0 y 1: 26 de junio

Documentos terminados en 2 y 3: 27 de junio

Documentos terminados en 4 y 5: 28 de junio

Documentos terminados en 6 y 7: 29 de junio

Documentos terminados en 8 y 9: 30 de junio

En resumen:


Gentileza anr
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