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Desde hoy te devuelven el IVA al comprar alimentos

Desde hoy te devuelven el IVA al comprar alimentos

Se trata de una de las medidas compensatorias anunciadas por el ministro de Economía y candidato presidencial oficialista, Sergio Massa, en respuesta al aumento de la inflación por la devaluación post-PASO.

Este lunes 18/9, entra en vigencia el nuevo régimen de reintegros del 21 de determinadas compras realizadas con tarjeta de débito y de los programas Alimentar y Potenciar Trabajo realizadas por ciertas personas.

No se trata específicamente por la compra de productos de la canasta básica, sino que puede corresponder cuando se compre en un supermercado un neumático para el auto, un libro o cualquier bien mueble.

Qué compras comprende: La de cualquier bien mueble en determinados comercios y supermercados que tengan como actividad la venta de alimentos.

Medio de pago a usar para acceder al reintegro: Se debe pagar con tarjeta de débito emitida por entidades financieras, tarjetas del “Programa Alimentar” y del “Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local – POTENCIAR TRABAJO”.

Quienes pueden acceder al beneficio: El Gobierno indicó que hoy acceden 9,5 millones de personas y se sumarían unas 12.140.000. Es decir, que alrededor de 22 millones de personas accederían al beneficio.

Pueden acceder quienes cobren:

-Jubilaciones y pensiones por fallecimiento que cobren hasta 6 haberes mínimos garantizados, esto un máximo de 524.758,56 pesos.

-Asignaciones universales por hijo para protección social en un monto mensual que no exceda 6 haberes mínimos garantizados (también $524.758,56).

-Asignaciones por embarazo para protección social

-Remuneración por servicios prestados en relación de dependencia, en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de SEIS (6) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil del mes anterior. En parámetro de los sueldos de septiembre que se va a considerar en la información que envíe la AFIP en octubre es de $ 708.000. Si tiene plueriempleo, se suman las remuneraciones.

-Remuneraciones correspondientes al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares

Ingresos por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), excepto que obtengan ingresos provenientes de cargos públicos, trabajos ejecutados en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones o retiros correspondientes a alguno de los regímenes nacionales o provinciales, ejerzan la dirección, administración y/o conducción de sociedades, realicen prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad y sean locadores de bienes muebles o inmuebles.

En resumen:


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