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En qué consiste la modificación del Código Contravencional rionegrino

En qué consiste la modificación del Código Contravencional rionegrino

En su última sesión, la Legislatura provincial aprobó la reforma al Código Contravencional rionegrino, que legisla sobre aquellos “delitos menores” que no tienen tanta entidad como para figurar en el Código Penal pero que afectan a la vida comunitaria. El diputado cipoleño Lucas Pica (JSRN), explicó que con los cambios se buscó otorgar “mayores herramientas tanto a la Policía como a los Jueces de Paz que son quienes tienen la competencia para intervenir en la resolución de las contravenciones y faltas”.

 

De esta manera, se creó la figura de la demora preventiva en contexto de flagrancia, es decir cuando se está cometiendo la contravención. “Esto permitirá que la Policía haga cesar la flagrancia y el estado contravencional. Si bien ya contaba con todas facultades preventivas y disuasivas que otorga la ley orgánica de la Policía Ley N° 5184, es importante reflejarlo expresamente en la normativa contravencional”, sostuvo.

 

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La reforma otorgó a los Jueces de Paz “la posibilidad de dictar medidas cautelares que pueden resultar útiles para la resolución de conflictos”, como la “prohibición de acercamiento, prohibición de asistencia a determinados lugares, prohibición de comunicación y contacto, entre otras”.

 

Pica explicó que desde el bloque de Juntos Somos Río Negro “coincidimos en las modificaciones al Código Contravencional, fuimos los autores de la reforma de la anterior Ley 532 y tras casi dos años de vigencia en necesario aggiornar la normativa, darle más herramientas de pacificación a la Policía y darle a los Jueces de Paz la posibilidad de dictar cautelares. La dinámica social actual así lo requiere”.

 

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