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Era el jefe, besó a una empleada sin consentimiento y lo echaron con causa

Era el jefe, besó a una empleada sin consentimiento y lo echaron con causa

Un empleado jerárquico de una empresa de Roca que había besado en la boca a una empleada de forma intempestiva y sin consentimiento, fue despedido con causa y sin indemnización. Luego de las distintas instancias, el Tribunal Superior de Justicia confirmó el fallo de la Cámara Laboral resaltando que no se advirtieron las circunstancias de “arbitrariedad” que aludió el afectado.

Este personaje demandó a la firma, donde se desempeñaba desde hacía 14 años, reclamando una indemnización por considerar que la decisión había sido desproporcionada. La Cámara Laboral Segunda de Roca declaró justificada la sanción, afirmando que fue “proporcional a la falta cometida” y rechazó la demanda.

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De acuerdo a los testimonios que se recibieron durante el juicio, la empleada era “la más joven del equipo”y “la más frágil desde su aspecto psicológico”, pues había sufrido ataques de pánico y estaba recibiendo tratamiento. La chica regresó a la oficina después de unas vacaciones y fue a saludar a su jefe directo. El hombre no sólo la abrazó con fuerza sino que además le dio un beso en la boca, sin ningún tipo de consentimiento por parte de ella.

Luego del episodio la chica se encerró en un baño a llorar, la contuvo una compañera y llamó por teléfono a su padre, mientras que el jefe la buscaba para intentar “aclarar” la situación.

El hombre, en su descargo ante las autoridades de la empresa, admitió haberle dado un beso “entre la mejilla y la boca”, pero calificó el hecho como un “exceso de efusividad” y presentó sus disculpas. Según declaró uno de los gerentes de la firma, el jefe acusado dijo que no tuvo intención de “afectar la dignidad” de la joven.

Para la Cámara, “la conducta desplegada por el actor, consciente o inconscientemente, tiene sustento en una vulneración de la igualdad de género, pues desde un lugar de superioridad (jefe) aprovecha la oportunidad para sobrepasarse con una dependiente de su equipo, en un acto impropio y no consentido por la mujer”. El hecho, además, ocurrió en un “escenario propicio para una conducta de acoso” porque en ese momento “no había más empleados”.

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“No se puede permitir en este amplio marco de derechos humanos personalísimos, que un jefe sin más bese, abrace o acose a las empleadas, y las cosas sigan como si nada, sin límites a su conducta o comportamiento en el ámbito de trabajo; de lo contrario su mal comportamiento se puede reiterar, la vulnerabilidad de las mujeres del equipo se profundiza, da a entender que la empresa ampara este tipo de conductas, generándose un sinfín de daños directos e indirectos”, valoró el Tribunal de Roca.

La decisión de la empresa fue la correcta, pues cuidó a la trabajadora sin revictimizarla cambiándola de lugar de trabajo u horario para evitar el contacto, pues tomó una decisión radical que muestra que este tipo de conductas no están permitidas en el establecimiento”, apreció la Cámara.

El STJ, al confirmar el fallo, sostuvo que la valoración de los hechos y del derecho que hizo la Cámara Laboral no pueden ser materia de análisis en un recurso de casación como el que intentó el hombre, ni tampoco se verifica en el caso “la extraordinaria hipótesis de arbitrariedad que podría justificar la intervención excepcional de este Cuerpo”.

En resumen:


Gentileza anr
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