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“Escuchar a los menores es fundamental en la búsqueda de Justicia, más en denuncias de abuso”

“Escuchar a los menores es fundamental en la búsqueda de Justicia, más en denuncias de abuso”:

El acceso a información que les permita a las niñas y niños identificar cuándo una acción de un adulto es incorrecta, se ha convertido en una herramienta muy valiosa, quizá fundamental, para que se puedan denunciar los delitos contra la integridad sexual.

Prueba de ellos es lo sucedido esta semana en nuestra ciudad, cuando un hombre de 41 años fue encontrado culpable del delito de abuso sexual agravado contra una menor de 4 años.

La oportuna información brindada por un adulto a la menor, le permitió a la niña a pesar de su corta edad, entender que la conducta que había tenido el adulto de su confianza, “estaba mal”. Eso permitió que la niña hablara con su mamá, comenzando un doloroso proceso, que esta semana comenzó a transitar su tramo final, con el veredicto de culpabilidad. La audiencia de cesura, en la que se conocerá el monto de la pena es en octubre.

Belén Calarco, titular de la Fiscalía de Delitos contra la Integridad Sexual en la Segunda Circunscripción Judicial, destacó el fallo del juez Maximiliano Camarda en este caso y resaltó que tuvo “perspectiva de niñez y género”.

“Destacamos que la niña habló. Ningún nene sabe lo que es el abuso sexual, pero cuando tienen la información correcta, pueden darse cuenta si algo no estuvo bien, no fue adecuado”, explicó Calarco.

Queda así en evidencia la importancia de que niñas, niños y adolescentes reciban toda la información necesaria, adecuada y por los canales correctos, como es la Educación Sexual Integral (ESI) en el ámbito educativo. Deben también sentir que pueden hablar cuando algo les sucede. El ser escuchados y que aquello que digan sea tenido en cuenta es primordial.

“La escucha activa del niño, establecida en los tratados internacionales, es fundamental y fue tenida en cuenta en este caso”, indicó Calarco y agregó “si el niño o niña puede hablar, hay que oírlo, oírla. Con el relato de la mamá sola, no se puede avanzar en un proceso”.

Y justamente es en los juzgados de Familia donde tienen el poder pleno de la escucha activa a los menores. Estos testimonios y la declaración en Cámara Gesell son herramientas procesales determinantes.

Uno de los riesgos de no escuchar a las víctimas es que imponga la duda, lo que deja abierta la puerta para la absolución. Pero, para evitar que la causa termine así,  se debe escuchar a la víctima. La mirada atenta de los progenitores y/o de los adultos del entorno de la víctima, es otro eslabón necesario, porque es donde comienza todo el proceso.

“En este caso, hubo una mamá muy atenta, que detectó signos, que escuchó a su hija. Que consultó todo lo que debía y también hizo algo importante: contuvo a la niña”, destacó la fiscal de Delitos contra la Integridad Sexual.

Una vez que se tomó conocimiento de lo ocurrido, por el relato de la pequeña, que tenía 4 años al momento de ocurridos los abusos por parte del hombre encontrado culpable, se activó el protocolo para este tipo de denuncias.

“A veces la búsqueda de la prueba no tiene los tiempos que las familias quisieran. Pero es necesaria para garantizar que se haga justicia, para evitar absoluciones en situaciones en las que el denunciado es culpable. Y por eso insisto en que es fundamental la escucha activa del niño, niña o adolescente las veces que sea necesario”, remarcó Calarco.

Cuando el contenido obrante en la causa no alcanza, se puede resolver el archivo. A partir del año 2015, este tipo de delitos es imprescriptible*, por lo que puede reabrirse el expediente incorporación de material, ya sean pericias o declaraciones y de ese modo se avanza  hacia una sentencia.

Una vez más, se pone énfasis en la importancia de la información. “Antes las denuncias llegaban cuando el delito era más grave, es decir cuando la persona se animaba a hablar muchas veces se estaba ante un abuso sexual gravemente ultrajante, porque si habían existido tocamientos previos u otras conductas impropias, la víctima no se había atrevido a denunciar”, finalizó la fiscal Calarco.

 

  • Esto quiere decir que nunca se pierde el derecho de ejercicio de una acción. Por lo tanto, un delito imprescriptible puede ser juzgado aunque haya transcurrido mucho tiempo.

 

Gentileza anr

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