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¿Está permitido construir con tierra cruda o adobe en Roca?

¿Está permitido construir con tierra cruda o adobe en Roca?:

La semana pasada se inició una polémica sobre las viviendas construidas con tierra cruda o materiales ecológicos. ¿Están permitidas? ¿Qué tipo de uso se le puede dar? Con las dificultades para construir, la edificación con materiales nobles, sin tanta elaboración, pasó a ser una alternativa para las familias que sueñan con el techo propio.

El razonable temor de cualquier persona que va a realizar la inversión de su vida es qué puede pasar si avanza con una obra y al final no cuenta con el visto bueno para regularizar. Lo concreto es que Río Negro cuenta con una ley que promueve la construcción de edificaciones “destinadas al uso humano, realizadas con el método de construcción con tierra cruda”. Y exime por 10 años del pago del impuesto inmobiliario.

La ley dejaba librado al criterio de los municipios la posibilidad de autorizar esta modalidad en sus jurisdicciones y reglamentarla, para adecuarla a sus respectivos códigos urbanos. En Roca se aprobó por ordenanza la construcción con tierra cruda “para viviendas unifamiliares y construcciones de carácter social”. Y prohibió “el uso de ese método constructivo” para las obras “del tipo comercial e industrial”.

La ordenanza de fondo 4752 establece también que “toda visación, autorización, inspección y habilitación necesaria para la construcción con tierra cruda, deberá cumplir con los requerimientos normados en el Código de Edificación, a través del Organismo de Aplicación del Municipio de la ciudad de General Roca”

En la fundamentación se destacó que la tierra “es un material inocuo, no contiene ninguna sustancia tóxica, siempre que provenga de un suelo que no haya padecido contaminación” y que es “es totalmente reciclable si en la construcción no se mezcla la tierra con algún producto fabricado por los humanos (por ejemplo, cemento)”.

Entre otras ventajas, se apuntó que “es fácil de obtener localmente” y se puede mezclar con “otro material cercano o con algún mejorante de la mezcla (cal, yeso, paja)”. La construcción con este material “es sencilla y con poco gasto energético, no requiere un gran transporte de materiales o una cocción a alta temperatura. Es por ello que se considera un material de muy baja energía incorporada”.

La norma apunta que una vivienda construida con tierra cruda tiene “excelentes propiedades térmicas” ya que es un material que posee “una gran capacidad de almacenar el calor y cederlo posteriormente”, lo que permite “atenuar los cambios de temperaturas externos, creando un ambiente interior agradable”.

Además, los muros de tierra “se convierten en una eficaz barrera contra los ruidos indeseados”; es “un material inerte que no se incendia, pudre o recibe ataques de insectos” y evita “las condensaciones” de humedad en el interior.

Gentileza anr

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