Usted esta aquí
Inicio > Regionales >

La fiscalía pidió 16 años y medio de prisión para Ramiro Gutiérrez

La fiscalía pidió 16 años y medio de prisión para Ramiro Gutiérrez

Durante la audiencia de cesura que se realizó en los tribunales de Cipolletti, la fiscalía pidió una condena de 16 años y 6 meses de prisión para Ramiro Gutiérrez, el roquense que ya fue declarado responsable del homicidio de Facundo Castillo y de otros cinco intentos de asesinato. Por su parte, la querella que representa a la familia de la víctima, fue un poco más dura: pidió 22 años de prisión.

En tanto, la defensa del imputado -a cargo en forma conjunta de Martín Segovia y Carlos Vila Llanos -, se manifestó sorprendida por la magnitud de los pedidos de la parte acusadora. Tras un análisis de los pactos internacionales firmados por el país, se inclinaron por una condena de 8 años porque “no existen ninguno de los agravantes” como “para apartarse del mínimo que marca la escala penal”.

El fallo se conocerá el viernes 16 a las 13 hs; un tiempo prudencial que se tomará el juez Guillermo Merlo para evaluar los alegatos, sopesar la prueba presentada durante el proceso y elaborar los fundamentos de su decisión. Un jurado popular había encontrado a Gutiérrez culpable de los cargos que se le formularon, un hecho que se produjo a la salida de una fiesta electrónica en un local bailable, en diciembre de 2021.

: El roquense Ramiro Gutierrez fue declarado culpable, por el jurado popular, del homicidio de Facundo Castillo

El primero en tomar la palabra fue el querellante, Juan Manuel Coto, quien realizó un repaso de la conducta que tuvo el imputado. Para arribar a su pedido de condena, el abogado expresó que “no existe ningún tipo de atenuantes” pero en cambio “sí existen diversos agravantes” a la hora de tomar una definición.

El código penal establece una gradualidad que va de un mínimo de 8 años de prisión a un máximo de 25. Pero recordó que según la doctrina del Superior Tribunal, se debe partir de un promedio entre ambas y allí empezar a definir las características particulares del hecho. Así que reparó especialmente “en la irracionalidad” de la conducta del joven roquense; en la desproporción entre la discusión inicial y la decisión de atentar contra la vida de las otras personas; el dominio que tenía del vehículo y la condición de piloto de autos de carreras.

También valoró en forma negativa la huida del lugar del hecho, simulando un escape hacia un lugar para después dirigirse en sentido contrario; los falsos argumentos con que se hizo atender por una odontóloga en Roca; y la alteración del vehículo utilizado durante el hecho. Se trata de una camioneta BMW 1, de alta gama, a la que se le inutilizó el GPS y los faros posteriores, y se rompieron el espejo lateral derecho y la luneta trasera.

Por su parte, el fiscal Santiago Márquez Gauna, llamó la atención sobre la necesidad de que no se confunda “pena” con “venganza”; y explicó que esa condena debe ser considerada desde dos puntos de vista: por un lado, una señal a la sociedad de “cómo entendemos que debe ser la vida en una sociedad civilizada”; y por otro, “una búsqueda de la resocialización” del imputado. Para justificar su pedido de 16 años y 6 meses, evaluó que existen “agravantes y atenuantes” que “nos acercan a ese promedio” que establece la doctrina jurisprudencial.

: La fiscalía pidió la condena de Ramiro Gutiérrez por homicidio simple

Entre los atenuantes, Márquez Gauna mencionó la falta de antecedentes de Ramiro; su edad, ya que a sus 25 años todavía se encuentra en plena etapa de formación; y su inserción en la sociedad, ya que se dedica a una “actividad lícita” como es la compra y venta de vehículos. Pero como agravantes, resaltó la forma totalmente irreflexiva con que se manejó en la situación; en la que “siempre” tuvo el dominio. Porque todo el incidente inicial podría haberse evitado “solo con una decisión” de Gutiérrez, que era retirarse. Pero en vez de hacerlo, subió la apuesta cada vez más: primero, al provocar el primer incidente al golpear con su auto a una mujer; después, al parar y bajarse del vehículo para discutir y protagonizar la pelea; y luego, al girar y atacar con la BMW al grupo con que había tenido aquella disputa.

 

El fiscal mencionó también “la extema peligrosidad” de la conducta de Ramiro Gutiérrez durante la fuga, en la que condujo a alta velocidad; y la falta de respeto por la vida ajena. Sostuvo que ni siquiera se tomó la molestia de llamar para que algún servicio de emergencia concurriera al lugar donde había atropellado a la víctima, pero sí hizo las llamadas necesarias para llamar a su familia y preparar una versión del hecho que lo favoreciera.

Un enfoque diametralmente opuesto fue el que utilizaron las defensas. Dirigiéndose al juez Merlo, Vila Llanos puntualizó que “una pena que supere los 12 años de prisión, no respeta los principios de necesidad y de utilidad de la pena. Nuestro orden jurídico ha receptado la convención interamericana de derechos humanos, la pena tiene fines resocializadores, y esto debe valorarse con otro principio, la trascdendencia de la pena. Que no se convierta en castigo sino en resocializadora”.

Se trata de que un sujeto tenga una pena proporcionada, que no exceda los fines de resocialización, y que esos excesos no se cometa, pero que no destruyan el proyecto de vida de ese ser humano. En este caso Ramiro Gutiérrez”, enfatizó.

Por su parte, Segovia expresó que no se advierten los “agravantes” formulados por la acusación; por lo que este caso “no excede lo que han sido otros homicidios simples”. En ese caso, una pena de 8 años. “El caso Curruqueo, que salió ayer en los medios. El homicida de Curruqueo le pegó cuatro tiros en la cabeza y lo enterró. Le dieron 12 años de prisión. Donde está la diferencia para un pedido de esta naturaleza”, se preguntó.

También mencionó que “todos los agravantes solicitados” tendrían justificación “en un delito culposo” pero no “en un delito doloso como estamos considerando”. Segovia consideró que como no se pueden demostrar esos agravantes, “no existen elementos” como para apartarse del mínimo de la escala penal, que es de ocho años.

 

En resumen:


Gentileza anr
Ir arriba