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La Justicia resolvió el desalojo de la Cooperativa 1° de Mayo

La Justicia resolvió el desalojo de la Cooperativa 1° de Mayo:

Esta tarde se dio a conocer la resolución de la justicia ante el conflicto por los terrenos donde hoy trabaja la Cooperativa 1° de Septiembre y un hombre, que dice haber comprado esos terrenos hace varios años atrás, que solicita que sean desalojados del inmueble.

La jueza María del Carmen Villaba, del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 de General Roca, resolvió fijar como plazo para la entrega de los terrenos, donde hoy se encuentra emplazada la Cooperativa 1° de Septiembre, noventa días (90) que tiene como fecha límite el 11 de febrero de 2022.

En el caso de no cumplir con lo ordenado por la justicia, se iniciará “de manera inmediata” el desalojo haciéndolos “directamente responsables de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar” a los trabajadores de la cooperativa.

Los problemas que atraviesa el aserradero son de larga data. Tienen como protagonistas a los miembros de la Cooperativa y al señor Mario López que manifiesta ser propietario legítimo de la tierra, que aseguran haber adquirido hace 7 años. Pero desde el sector de la Cooperativa que administra el aserradero, del cual viven 40 familias, aseguran que quien reclama la tierra, no posee papeles que demuestren que la misma tiene un dueño.

El fallo indica que los tres meses de plazo se deben a “la particular situación planteada, en que se trata de una Cooperativa de Trabajo, conformada por aproximadamente cuarenta socios que implica 40 grupos familiares, que deben transportar maquinarias de cierto peso y envergadura, maderas de gran porte y materiales varios, lo que fue constatado en oportunidad de llevarse a cabo la inspección ocular, el impacto social que puede provocar esta decisión, y con la clara finalidad de evitar maniobras violentas para evitar el desalojo”.

Cabe mencionar que, en el extenso conflicto judicial, la primera sentencia dictada en primera instancia había dado la razón a la Cooperativa, mientras que, las instancias posteriores han reconocido el derecho del actor a recuperar el bien inmueble

De esta manera, la magistrada señaló en el escrito que “todo tiene un límite, y que las soluciones políticas que intentaron obtener los demandados no han dado resultado positivo, no hubo acuerdo con ninguno de los organismos de los tres poderes ejecutivos, como mencionan, Provincial, Nacional o Municipal, ni tampoco un plan que pudieran cumplir o fijar un plazo para la solución del problema (…)  corresponde dar por concluida la etapa conciliatoria”.

Gentileza anr

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