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Las ciudades tendrán un juez de amparo al elector para las elecciones provinciales

Las ciudades tendrán un juez de amparo al elector para las elecciones provinciales

El Superior Tribunal de Justicia designó a los jueces y las juezas de “amparo al elector”, quienes en cada ciudad y región actuarán el día de la elección provincial a desarrollarse este domingo 16 de abril. 

La solicitud fue realizada por el Juzgado Electoral Provincial, de acuerdo con lo estipulado por los artículos 12, 13 y 224 de la Ley Electoral N.º 2431. En el caso de General Roca, Matías Gastón Lafuente será el juez de la Unidad Jurisdiccional en lo Contencioso Administrativa N.º 15.

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Dicha ley, en su artículo 12, define la noción del amparo del elector: “El elector que se considere afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad o privado del ejercicio del sufragio podrá solicitar amparo por sí o por intermedio de cualquier persona en su nombre, por escrito o verbalmente, denunciando el hecho al Tribunal Electoral o al magistrado judicial o Juez de Paz más próximo, quienes estarán obligados a adoptar urgentemente las medidas conducentes para hacer cesar el impedimento, si fuese ilegal o arbitrario. Para ejercer la acción prevista en el párrafo anterior, el ciudadano deberá estar incluido en el padrón electoral”.

En su artículo 13, se refiere a la retención indebida de documento cívico: “El elector también puede pedir amparo al Tribunal Electoral para que le sea entregado su documento cívico retenido indebidamente por un tercero”.

Finalmente, en el artículo 224 explica el procedimiento: “Al efecto de sustanciar las acciones de amparo a que se refieren los artículos 12 y 13 de la presente, los funcionarios y magistrados mencionados en los mismos resolverán inmediatamente en forma verbal. Sus decisiones se cumplirán sin más trámite por intermedio de la fuerza pública, si fuese necesario y en su caso serán comunicadas de inmediato al Tribunal Electoral”.

Luego, la misma norma agrega que “A esos efectos los juzgados de primera instancia y los de Paz mantendrán abiertas sus oficinas durante el transcurso del acto electoral. El Tribunal Electoral podrá asimismo destacar el día de elección, dentro de su distrito, funcionarios del juzgado, o designados ad-hoc, para transmitir las órdenes que dicten y velar por su cumplimiento. El Tribunal a ese fin deberá preferir a los magistrados provinciales y funcionarios de la justicia provincial”.

De esta forma, los jueces de amparo al elector solo actuarán el 16 de abril, fecha de las elecciones provinciales, a los fines de garantizar el derecho a sufragar. 

En el caso de nuestra ciudad, para solicitar la intervención del juez de amparo electoral deberán comunicarse al (0298)4292050 o al mail [email protected]. La Unidad Jurisdiccional en lo Contencioso Administrativa N.º 15 se encuentra ubicada en calle San Luis 853 – 2.º. Piso.

En resumen:
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ha designado a los jueces de «amparo al elector» que trabajarán en cada ciudad y región durante las elecciones provinciales que se llevarán a cabo el próximo domingo. La ley electoral N°2431 declara que un elector puede solicitar amparo si se siente afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad o si es privado del ejercicio del sufragio y que los funcionarios y magistrados que se mencionan en la ley adoptarán medidas urgentes para hacer cesar el impedimento, si éste es ilegal o arbitrario. Los jueces solo actuarán el 16 de abril, fecha de las elecciones provinciales, para garantizar el derecho a sufragar.


Gentileza anr
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