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Le confirmaron la pena de diez años de prisión por intentar matar a su pareja en Huergo

En las últimas horas el Tribunal de Impugnación (TI) confirmó la pena de 10 años de prisión contra un hombre que en el año 2022 intentó matar a su pareja en Ingeniero Huergo. De este modo, ratificó la condena por los delitos de “tentativa de homicidio agravado por el vínculo y por femicidio, lesiones leves y amenazas con armas”.

El ataque ocurrió en el mes de septiembre y en una casa familiar. La agresión hacia la mujer primero fue con golpes de puño y patadas, y luego con un cuchillo de 36 centímetros de largo. Gracias a la intervención de los familiares y vecinos que se abalanzaron sobre el hombre, la mujer salvó su vida y junto a su pequeño hijo lograron escapar del lugar y buscar refugio.

A finales de 2023 se realizó el primer juicio, en el que el hombre resultó condenado por “amenazas y lesiones agravadas por el vínculo y por violencia de género”. Pero ante una apelación del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal de Impugnación revocó esa sentencia y lo condenó por delitos más graves, incorporando, entre otros, la tentativa de femicidio.

En junio pasado, esa calificación legal fue utilizada por un Tribunal de Juicio de Roca para la audiencia de cesura. Le impusieron al hombre la pena de 10 años de prisión.

La defensa planteó entonces un recurso de impugnación, que esta semana fue rechazado por el Tribunal de Impugnación. El defensor planteó que la acción del imputado se agotó con la amenaza a la víctima, pues el intento de femicidio nunca comenzó a ejecutarse.

“Una cosa es amenazar sobre un mal futuro, sobre un delito más grave como puede ser la muerte, y otra cosa muy distinta es comenzar con la ejecución de ese acto”, alegó. Por eso pidió que se revoque la sentencia del TI y se convalide la sentencia por los delitos menores dictada en primera instancia.

El mencionado Tribunal confirmó no sólo la intención homicida del imputado, sino también el comienzo de ejecución del femicidio, que quedó trunco por la intervención de otras personas.

“De las conductas surge el devenir y escalada de violencia contra la víctima, en un marco de clara asimetría de poder físico, a lo que se le suma que (el imputado) buscó un arma blanca de dimensiones, todo en la secuencia de fallidos escapes, persecuciones, agresiones físicas, reducción corporal de la víctima a un estado de indefensión y una postura corporal del imputado donde sólo faltaba hacer el último movimiento de apuñalamiento contra la mujer para concretar la muerte que le anunciaba. Y esto último no lo pudo realizar por la oportuna intervención de las personas que se abalanzaron sobre el encartado. En definitiva, de la valoración del conjunto indiciario está certeramente probada la intención homicida como asimismo el principio de ejecución de esa conducta ilícita”, concluyó el Tribunal de Impugnación al rechazar integralmente el recurso de la defensa.

 


Gentileza anr
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