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Le dictaron dos años de prisión condicional por un intento de femicidio

Le dictaron dos años de prisión condicional por un intento de femicidio

Un hombre fue condenado a dos años de prisión condicional por el intento de femicidio contra su pareja en la ciudad de Ingeniero Huergo, el pasado septiembre del 2022

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El nuevo fallo lo condenó como autor de los delitos de “homicidio agravado por el vínculo y por haber sido de un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en grado de tentativa; lesiones leves y amenazas con armas”. El siguiente paso será fijar la audiencia de cesura ante el Tribunal de Roca para que defina el monto de la pena, a la luz de la nueva calificación legal.

Respecto al hecho, en septiembre del 2022, el imputado atacó a la mujer con un cuchillo y, a pesar de que no le causó heridas con el arma, la golpeó reiteradamente mientras la sujetaba y le anunciaba que la iba a degollar. Un familiar y dos vecinos de la víctima intervinieron para arrebatarle el cuchillo y lograron sujetarlo hasta que llegó la policía.

El primer Tribunal valoró que la “intención homicida” del acusado no había sido plenamente demostrada. Afirmó que, en concreto, ‘no se acreditó que el imputado arrojara al menos un puntazo contra su pareja’ por lo que ‘técnicamente’, no hubo inicio de la ejecución del acto homicida. Destacó que la ventaja física le habría permitido al hombre apuñalarla en cualquier momento. Así, la condena se dictó por los golpes y las amenazas.

Por otro lado, el Tribunal de Impugnación sostuvo que el femicidio sí comenzó a ejecutarse. “La afirmación de que no hay tentativa (de femicidio) porque no hay ni siquiera un ‘puntazo’ se corresponde con un sesgo de valoración, porque de haberse producido la lesión pasaría directamente a configurar un femicidio”, indicó el fallo.

También valoró la percepción de la mujer durante el ataque: ella “percibió su muerte” y cuando ya no pudo resistirse “se resignó al punto de pedirle que no lo hiciera dentro de la vivienda porque estaba su hijo, sino que la ejecutara afuera”.

“Bajo la mirada de género, el contexto de los hechos y el criterio de relevancia en el análisis de la prueba, se concluye que C. quería matar a M., pero no pudo hacerlo porque los testigos presentes hicieron todo lo posible para evitarlo”, dijo el TI.

La conclusión del Tribunal fue que el hombre ‘inició la ejecución’ del femicidio cuando regresó a su vivienda, buscó un cuchillo de dimensiones capaces de consumar una lesión vital en el cuerpo de una persona, e ingresó a la vivienda de la abuela de su pareja por la fuerza, la tomó de los pelos con una mano y con el cuchillo en la otra le dijo que iba a degollarla. 

Ella sintió tan concreta esa disposición del imputado que cuando no pudo reducir a su agresor (ayudada por su abuela), le pidió que la matara fuera de la vivienda a fin de que su hijo no viera. Esto es un acto preparatorio que da pie al inicio de la ejecución de la conducta criminal tipificada, poniendo en peligro el bien jurídico protegido, la vida humana”, concluyó el TI.


Gentileza anr
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