Logró que condenen al vendedor luego de comprar un camión con 5 inhibiciones en Roca Regionales Roca por rocanoticias - 10/01/20240 En un caso que destaca la importancia de la transparencia en las transacciones comerciales, un hombre de Villa Regina enfrentó complicaciones legales después de comprar un camión Mercedes Benz 1114 del año 1969 y un acoplado para su negocio de reparto de frutas, a un hombre de Roca. La compra, realizada en una agencia de la localidad, se tornó problemática cuando, al intentar realizar la transferencia de ambos vehículos, descubrió que el camión tenía cinco inhibiciones judiciales y el acoplado no contaba con título ni tarjeta.El comprador, que utilizó el camión para sus trayectos internos, inició una serie de reclamos al vendedor, incluyendo mediaciones, envío de cartas documento y finalmente recurriendo a la vía judicial en el ámbito civil. Las inhibiciones del camión, dictaminadas por la Secretaría Tributaria y Previsional del Juzgado Federal de General Roca, llevaron al comprador a dejar sin efecto el contrato y a exigir el reintegro del dinero, así como una compensación por daños y perjuicios. Ante la ausencia del vendedor en la audiencia judicial, se declaró su rebeldía, marcando su segundo incumplimiento en comparecencias judiciales. La jueza civil de Villa Regina, aludiendo al artículo 60 del Código Procesal Civil y Comercial, declaró la rebeldía como un hecho cierto y eximió al comprador de acreditar los hechos invocados. Además, destacó que la relación entre las partes estaba sujeta a la legislación específica sobre consumo.En su fallo, la jueza consideró que el vendedor, identificado como un profesional a través del membrete del boleto de compraventa, no proporcionó al comprador la información necesaria sobre las inhibiciones que impiden la transferencia del vehículo. La sentencia declaró formalmente extinguido el contrato de compraventa, ordenando la restitución del valor del bien abonado por el comprador, más los correspondientes rubros e intereses.Si bien no se hizo lugar al lucro cesante, se reconoció el daño extrapatrimonial sufrido por el comprador, quien se vio inmerso en inconvenientes que frustraron su proyecto de generar ingresos económicos con los bienes adquiridos. Además, la jueza aplicó el daño punitivo debido a la conducta reincidente del vendedor, condenándolo y habilitando el pago de una multa civil a favor del consumidor. RocaNoticias.com en Redes Sociales con información al instante! Facebook.com/RocaNoticiasOK Twitter.com/RocaNoticiasOK Youtube.com/@RocaNoticias Instagram.com/RocaNoticiasOK Telegram.me/RocaNoticias TikTok.com/@RocaNoticiasGentileza anrCompartir esta noticia:TweetWhatsAppTelegramRedditImprimirRelacionado...