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¡No te olvides!: está prohibida la venta y el uso de pirotecnia sonora en Roca

¡No te olvides!: está prohibida la venta y el uso de pirotecnia sonora en Roca

Se acercan las fiestas de fin de año y siempre es válido recordar la legislación local para el uso de pirotecnia. Además de lo que está permitido y lo que no, hay multas que no son para nada leves.

Mediante la Ordenanza Nº 4919/20, promulgada el 22 de octubre de 2021, quedó establecida la prohibición de venta y uso de pirotecnia sonora, como así también de globos de papel en la ciudad de General Roca.

La sanción de esta Ordenanza responde a la demanda de un amplio sector de la sociedad, teniendo en cuenta los perjuicios que generan los estruendos sobre las mascotas (provocándoles daños, accidentes, pérdidas) y sobre personas con sensibilidad auditiva, en particular aquellas que padecen TEA (Trastorno del Espectro Autista), Síndrome de Down y Trastornos Generalizado del Desarrollo (TGD).

La Ordenanza sólo permite la venta de pirotecnia lumínica, sin efecto sonoro, con previa autorización para su comercialización.

El incumplimiento de la presente ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se solicita a los vecinos y vecinas respetar la normativa y evitar multas.

Los incumplimientos prevén sanciones que van de 300 a 500 USAM para el uso, lo que equivale a sanciones que van desde los $70.200 a $117.000. Por otro lado, para aquellas personas que realicen venta de artículos no permitidos, las multas van y de 1.000 a 10.000 USAM, es decir de $234.000 a $2.340.000, que se pueden duplicar en caso de reincidencia.

Para realizar denuncias sobre el uso, venta y depósito de pirotecnia sonora, los vecinos y vecinas pueden comunicarse con Inspección General al teléfono 4431400 interno 2120, de lunes a viernes de 7 a 20 hs o por mail a [email protected]. Fines de semana o fuera del horario indicado pueden asentarse las denuncias al teléfono 4431400.


Gentileza anr
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