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Otro revés para Báez: El tribunal de impugnación rechazo un nuevo recurso de la defensa

Otro revés para Báez: El tribunal de impugnación rechazo un nuevo recurso de la defensa
Otro revés para Báez: El tribunal de impugnación rechazo un nuevo recurso de la defensa:

Este jueves, el Tribunal de Impugnación rechazó un nuevo recurso de la defensa del dirigente social. En diciembre de 2012, un Tribunal de juicio de Roca lo condenó a dos años y medio de prisión por abusos simples.

 

Además, se unificó esta pena con una anterior, adjudicándose un total de cuatro años de prisión efectiva. Contra eso, la defensa interpuso un recurso de impugnación y el 3 de mayo de este año, el Tribunal rechazó el planteo de los representantes al concluir que el fallo de los jueces estaba “debidamente fundado”.

 

Un segundo recurso de la defensa fue rechazado en el día de hoy, cuando el Tribunal de Impugnación declaró “inadmisible” un pedido de impugnación extraordinaria.

 

Entre sus argumentos, la defensa volvió a afirmar que la denuncia de abuso sexual que dio origen al caso fue en el marco de una “operación política” por disputas internas de “espacios de poder” en la organización que dirigía el imputado. Sobre este argumento, el TI recalcó que “el planteo defensista resultaba una mera hipótesis que no se acreditó a lo largo del juicio”. Se trata de una “suposición carente de prueba que sustente el planteo de arbitrariedad de la sentencia”, definió el Tribunal.

 

Ante esto, la defensa reclamó que no se tuvieron en cuenta los testigos ofrecidos por esa parte, quienes negaron en el juicio que el dirigente ejerciera actos de violencia de género “naturalizados” en la organización. Al respecto, el TI reiteró que estaba probada la “atmósfera cargada de agresiones” machistas y sexuales en la asociación.

 

Entre los dichos de la defensa, calificaron de arbitraria la decisión del TI de rechazar la primera impugnación, cuestionaron el monto de la pena.

“Analizados los planteos de la recurrente, se concluye que estamos frene a una crítica fragmentada y expone solo una discrepancia subjetiva con el criterio sostenido por el Tribunal en el decisorio atacado. La impugnación extraordinaria no logra demostrar circunstancias que ameriten la habilitación de esta vía de excepción”, concluyó el Tribunal.

Cabe señalar que la decisión no pone fin al proceso penal, puesto que la Defensa cuenta con más recursos en el ámbito de la justicia provincial y eventualmente ante la Corte Suprema de la Nación.

Gentileza anr

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