Procesaron con prisión preventiva a un camionero por transporte de estupefacientes Regionales Roca por rocanoticias - 23/03/20240 En concordancia con el recurso presentado por la fiscal general interina de General Roca, María Claudia Frezzini, la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca revocó el sobreseimiento y dispuso el procesamiento con prisión preventiva de un hombre involucrado en un caso de transporte de estupefacientes, en el que otras dos personas ya habían sido procesadas como autor y partícipe necesario, respectivamente.Un camionero se accidentó cuando viajaba camino a RocaEl 23 de enero de 2020, la Delegación de Toxicomanía y Leyes Especiales de la Policía de Río Negro encontró 12,728 kg de cocaína en Casa de Piedra. El 31 de enero de ese mismo año, el Juzgado Federal de General Roca procesó al acusado como colaborador necesario penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, una decisión que fue revocada por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca. Posteriormente, debido a la falta de otros elementos probatorios, el mismo juzgado sobreseyó al imputado. Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal apeló la decisión y, tras su rechazo, recurrió a la Cámara Federal de Casación Penal.El 20 de diciembre de 2021, la Sala I de la Casación anuló esa decisión y remitió el caso para que se emitiera un nuevo pronunciamiento. Después de un segundo sobreseimiento, el MPF apeló la decisión y el 7 de noviembre de 2023, la Casación admitió el recurso y anuló la resolución anterior. En dicho fallo, también ordenó apartar a los jueces que formaban parte de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca.Tras esto, la nueva composición de dicha Cámara consideró al imputado como partícipe necesario en la conducta de transporte de estupefacientes y delegó en el Juzgado Federal de General Roca la evaluación de si era necesaria o no la prisión preventiva. Después de esto, el juez federal determinó que era apropiado dictar dicha medida.El rol del acusadoLa nueva conformación de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca indicó que la participación del imputado fue “cuanto menos necesaria en la maniobra de transporte” y sostuvo que “el haberse desprendido del estupefaciente o aguardar su arribo, no resta señorío sobre el estupefaciente mientras no se encuentre en su poder y aun cuando la traslade otro sujeto de la cadena de tráfico”.Por otra parte, consideró que surge de la transcripción de las llamadas la “actitud imperativa” del acusado en la toma de decisiones de logística, distribución y destino del cargamento. A su vez, indicó que del peritaje de toxicomanía y de las capturas de las cámaras de seguridad aportadas, surgían encuentros previos y coordinados entre el acusado y el imputado como autor del delito, a los fines de concretar entregas previas de cargamentos de droga, “lo que confirmaría el conocimiento y relación entre ambos sujetos, así como la sociedad existente entre ambos”.Por último, sostuvieron los magistrados que la cooperación en el hecho de transporte investigado fue un aporte esencial en la logística de la empresa criminal y en lo que, en definitiva, sería el reparto del material estupefaciente al momento del arribo.RocaNoticias.com en Redes Sociales con información al instante! Facebook.com/RocaNoticiasOK Twitter.com/RocaNoticiasOK Youtube.com/@RocaNoticias Instagram.com/RocaNoticiasOK Telegram.me/RocaNoticias TikTok.com/@RocaNoticiasGentileza anrCompartir esta noticia:TweetWhatsAppTelegramRedditImprimirRelacionado...