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¿Qué son los “juicios de menor cuantía” que podés tramitar gratuitamente?

¿Qué son los “juicios de menor cuantía” que podés tramitar gratuitamente?
¿Qué son los “juicios de menor cuantía” que podés tramitar gratuitamente?:

Hay una categoría de juicios que permite tramitarlo en forma gratuita, sin abogado y en forma expeditiva. ¿De qué se trata? Son los juicios llamados “de menor cuantía”, una figura que se tramita en los juzgados de paz de cada localidad y que busca dar respuestas a reclamos de la sociedad de la forma más rápida posible. Estos juicios “no suelen durar más de un año, desde se recibe la denuncia de un particular hasta que sale la sentencia”, explicó el titular del juzgado roquense, Rodrigo Benítez.

“Puede ser un accidente, un reclamo a una empresa o un conflicto entre vecinos”, comentó el juez.  Están excluidos todos los trámites que tengan que ver con asuntos de familia, sucesión, laborales y desalojo. “El trámite es verbal, sumarísimo, gratuito, informal pero con la garantía del resguardo del derecho de defensa”, destacó.

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Desde el viernes, esta vía quedó habilitada para considerar toda demanda que llegue hasta los 300.000 pesos. Los juicios de menor cuantía son en definitiva “juicios civiles en los que se parte de una incertidumbre. Se procura saber quién es el responsable”, dijo Benítez. Estos trámites tienen la posibilidad de realizarse sin el patrocinio de un abogado pero hay que tener cuidado: una vez ingresado el trámite no se puede incorporar nuevas pruebas.

El juicio comienza con la presentación de un escrito por parte del demandante, en el que debe explicar lo más detalladamente posible el motivo de su pedido e incorporar todas las pruebas que estime conveniente. El juzgado de paz revisará la causa y convocará después a la otra parte para que realice su descargo. Luego emitirá una sentencia que puede ser revisada en un juzgado civil de primera instancia.

En los juzgados de paz también se pueden llevar los “juicios ejecutivos”, que tienen que ver con el incumplimiento de alguna obligación. “Si en los de ‘menor cuantía’ se parte de la incertidumbre de algo que debemos demostrar; en los de ‘ejecutivos’ partimos de algo concreto. Un pagaré, un cheque, un contrato firmado”, comentó Benítez.

En estos casos, el juzgado de paz recibirá demandas que lleguen a un máximo de 150.000 pesos, pero deben contar con patrocinio jurídico. Se trata también de un procedimiento ágil, que busca dar una respuesta rápida a un reclamo. En caso de dar la razón al demandante, puede terminar en un embargo para satisfacer el monto incumplido.

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Gentileza anr

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