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Revés judicial al DNU de Milei que perjudicaba a los farmacéuticos

Revés judicial al DNU de Milei que perjudicaba a los farmacéuticos

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la solicitud del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) y suspendió los artículos del DNU 70/2023 que modificaban la actividad laboral de los farmacéuticos. Esta decisión revoca la negativa de primera instancia y permite restablecer las obligaciones laborales de los profesionales en las farmacias.

El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos denunció que el DNU 70/23 derogaba importantes artículos de la ley de farmacia y perjudicaba a los farmacéuticos, favoreciendo así la comercialización de medicamentos y las ganancias de los laboratorios. Ante esta presentación, la justicia dictaminó la suspensión de los artículos 319, 320 y 321 del DNU, que afectaban directamente la labor de los farmacéuticos.

Con esta medida cautelar, se restablece la obligación de que los profesionales estén presentes y atiendan personalmente en las farmacias durante todo el horario de atención. También se establece que en caso de ausencia, debe haber un reemplazo por otro profesional para garantizar la dispensación de los medicamentos recetados.

Además, la resolución judicial reconoce la importancia de la dirección técnica farmacéutica en otros establecimientos como herboristerías, donde el uso de plantas medicinales también implica riesgos. Estas medidas se toman con el fin de asegurar la calidad, conservación y correcta información de los medicamentos que consume la población.

El SAFYB celebró la decisión de la justicia, destacando que sin la presencia de los farmacéuticos, no puede haber una farmacia funcionando adecuadamente, al igual que sin médicos no puede haber clínicas o sanatorios. El sindicato recuerda que la labor de los farmacéuticos es fundamental para garantizar la seguridad y eficacia de los medicamentos que se consumen.

Por último, la decisión del tribunal también establece que cada profesional farmacéutico solo puede dirigir un establecimiento, y la farmacia debe garantizar la suficiente cantidad de personal para cumplir con su función durante todo el horario de atención. Esta medida se enmarca en los convenios colectivos de trabajo establecidos para el sector.

A pesar de esta decisión favorable, aún resta el dictado de una sentencia definitiva que ratifique estas medidas de protección para los farmacéuticos y su labor fundamental en el sistema de salud.


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