Revsin: “no cometí delito, no borré un expediente sino un movimiento de trabajo, algo legal» Regionales Roca por rocanoticias - 06/08/20240 Moira Revsin, la ex jueza de Familia de Roca, destituida por el Consejo de la Magistratura el pasado 7 de junio, debe presentarse esta mañana en Tribunales a una audiencia de formulación de cargos, en una causa que se abrió en el contexto del juri.... : Revsin debe responder en una segunda investigaciónEl diálogo con este medio Revsin expresó “no se configuró delito porque se produjo una corrección sobre un borrador, no sobre un expediente y le están dando el mismo valor legal que a las dos cosas, cuando no lo tienen”. Recordó también que durante el juicio de enjuiciamiento (JURI) “se violaron de punta a punta todos mis derechos de defensa”.La ex magistrada, según la acusación, habría borrado un expediente del sistema informático del Poder Judicial. En ocasión del juri fue el propio Procurador Jorge Crespo quien ordenó investigar si Revsin había borrado el expediente. De todos modos el delito de daños no queda configurado de manera automática, indicó la abogada y agregó: “Son dos cosas distintas el hecho de borrar algo y que eso pueda configurar un daño, lo que de confirmarse configuraría un daño, calificado como delito informático”.Lee además: El caso de la jueza roquense destituida por maltrato laboral podría terminar en la Corte Suprema de JusticiaEn la audiencia de formulación de cargos que se realiza a las 10, Revsin estará asistida por el abogado Darío Sujonitzky. La ex jueza de Familia y su letrado intentarán demostrar que no incurrió en los delitos que se le endilgan y que parte de la acusación se basa en una acordada del Superior Tribunal de Justicia (STJ), emitida con fecha posterior al momento en que ella habría cometido el daño.La acusación, indicó Revsin “se basa en una resolución de Barotto que no es una acordada, porque solo lleva su firma y solo se aplica en Roca”. “Es una resolución posterior a la acción que me adjudican como presunto delito. Además de que no se legisla para atrás, no borré ningún expediente”, indicó la abogada.“Lo que yo les borré era una nota administrativa interna de trabajo y el Manual de OTIF dice expresamente que esas anotaciones no pueden formar parte de los expedientes, así que estaba prohibido que cargaran esa nota en el sistema Seon», manifestó Revsin.La acordada 23/20 sobre Expediente Digital establece qué documentos forman parte del mismo y que puede ser leído por personas que no trabajan en el Poder Judicial. También distingue los distintos movimientos que pueden realizar los expedientes y establece cuáles documentos formarán parte del mismo y los que bajo ningún concepto pueden incluirse. Justamente Revsin asegura que el documento que borró del sistema informático era un borrador que de ninguna manera podía incluirse en el legajo.RocaNoticias.com en Redes Sociales con información al instante! Facebook.com/RocaNoticiasOK Twitter.com/RocaNoticiasOK Youtube.com/@RocaNoticias Instagram.com/RocaNoticiasOK Telegram.me/RocaNoticias TikTok.com/@RocaNoticiasGentileza anrCompartir esta noticia:TweetWhatsAppTelegramRedditImprimirRelacionado...