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Se extendió el plazo para demoler la casa en Paso Córdoba: qué pasa si no cumplen

Se cumplieron los 60 días establecidos por la Justicia para la demolición de la construcción clandestina en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba. Sin embargo, tras rechazar la apelación de los propietarios, se extendieron los plazos y se otorgarían otros 60 días hábiles para su demolición. 

El enorme caserón, además de haber sido construido sin la correspondiente habilitación, cuenta con el agravante de haber sido erigido en un área natural protegida.

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En julio, Juan Pablo Urquiaga, asesor legal de la Municipalidad de Roca, dialogó con radio Show CDC y dio detalles sobre el proceso que llevó al Ejecutivo local a tomar la determinación de demoler el inmueble. Contó que cuando se detectó el trabajo de construcción, desde la “dirección de medio ambiente y la dirección de arquitectura, se los intimó a que paralicen la construcción”, afirmó Urquiaga.

Tras la detección, se labraron las actas correspondientes. «La primera notificación les llegó a finales del 2023, cuando la construcción apenas estaba en sus inicios», detalló.

Posteriormente, una jueza emitió una sentencia ordenando al municipio demoler la construcción por su carácter antirreglamentario. La sentencia estableció un plazo de 60 días para ello.

Los propietarios decidieron recurrir al Juzgado de Faltas y apelar la sentencia. Sin embargo, la Justicia rechazó dicha apelación y otorgó más días para que la construcción sea derribada (se estima que serías otros 60 días hábiles).

¿Qué pasa si no se destruye la casa?

En este tipo de situaciones, cuando hay incumplimientos de sentencias, habitualmente la Jueza de Faltas fija astreinte, un tipo de sanción económica que se aplica a un deudor que no cumple una orden judicial. Es decir que si los propietarios no cumplen con la obligación requerida por la Justicia en tiempo y forma, comenzará a cobrárseles un monto diario hasta que lo hagan.

¿Quién se hace cargo de la demolición?

Según informaron a este medio desde la Comuna local, es un deber del propietario hacerse cargo de la demolición del inmueble. Si no cumple, el Municipio puede realizarla. Esto último se realiza a cuenta del dueño, cuando se fija el astreinte, se fijan allí también los costos de demolición.

 


Gentileza anr
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