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Una adolescente demandó a sus padres por la cuota alimentaria: quiere seguir estudiando

Una adolescente demandó a sus padres por la cuota alimentaria: quiere seguir estudiando

Una joven de nuestra ciudad, que está terminando sus estudios secundarios, demandó a sus padres para que aporten su parte de la cuota alimentaria. Para resolver su situación, se acercó a la Defensa Pública, que llevó adelante el caso y logró establecer una prestación por parte de su madre y recibir la que le correspondía a su padre.

Esta adolescente tiene 19 años y por una cuestión personal, no convive con sus progenitores. Para poder sostenerse y ver garantizados sus derechos, se presentó en el Ministerio Público para solicitar una cuota alimentaria a su favor.

Leer también: Desde el Alto Valle se convoca a familias de todo el país para vincularse con adolescente de 16 años

Desde la Defensoría Pública, explicaron que “los hijos e hijas de progenitores que atraviesan un reclamo alimentario, u otro tipo de reclamo, tienen y pueden ejercer su derecho a buscar asesoramiento y patrocinio en la justicia”.

“A veces sus ingresos se distribuyen sin discernimiento ni equilibrio. Si bien el dinero correspondiente a la cuota alimentaria es, en la mayoría de los casos, percibido por quienes realizan el reclamo, en este caso al residir la joven en otro domicilio, fue ella quien requirió asumir el manejo de dichos fondos, en el porcentaje que le correspondía”, aclara la defensora.

“Por ello recurrió a nosotros, además está estudiando, y si bien intenta generar ingresos con changas, eso no es suficiente”, describe quien representa a la joven en este proceso.

Puntualmente, en esta situación se continúa el trámite iniciado contra el progenitor, y se inicia otro contra la progenitora, ya que en este caso a ambos les corresponde asumir la obligación alimentaria. En el expediente se fijó un porcentaje a su favor, que percibirá de manera directa, ya que se determinó que se encuentra en condiciones de asumir el manejo de dicho dinero, teniendo presente variables como la de su edad.

: El Banco Nación lanzó una cuenta para adolescentes: qué servicios ofrece y cómo solicitarla

“El Código Civil establece que los alimentos son obligatorios hasta los 21 años, con posterioridad a dicha edad, hay que demostrar otros extremos, como por ejemplo que el hijo o la hija que estudia no puede trabajar por la carga horaria de la Universidad, regularidad en el estudio y demás. En este caso, lo que buscamos es que la joven pudiera administrar por su cuenta ambas prestaciones alimentarias, originadas a partir de la obligatoriedad que pesa sobre su padre y su madre en este aspecto, pudiendo asumir la administración, máxime considerando que no vive con ninguno de los progenitores y de esa manera evitar otro tipo de conflictiva familiar”, remarcó la defensora.

Las consultas se pueden realizar en el Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP).

En General Roca funciona en San Luis 853, 1° piso. O se puede realizar la consulta a través del teléfono fijo (0298) 429 2050 (internos 690 / 685 / 376 / 380 / 420). O llamando al celular (298) 15 469 4061.

En Villa Regina, el Centro de Atención funciona en la calle España 64 (celular 298 (159) 464 4343.

En resumen:
Resumen en español del contenido en 180 palabras

Una joven de nuestra ciudad, que está terminando sus estudios secundarios, demandó a sus padres para que aporten su parte de la cuota alimentaria. Para resolver su situación, se acercó a la Defensa Pública, que llevó adelante el caso y logró establecer una prestación por parte de su madre y recibir la que le correspondía a su padre.

Esta adolescente tiene 19 años y por una cuestión personal, no convive con sus progenitores. Para poder sostenerse y ver garantizados sus derechos, se presentó en el Ministerio Público para solicitar una cuota alimentaria a su favor.

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Desde la Defensoría Pública, explicaron que “los hijos e hijas de progenitores que atraviesan un reclamo alimentario, u otro tipo de reclamo, tienen y pueden ejercer su derecho a buscar asesoramiento y patrocinio en la justicia”.

“A veces sus ingresos se distribuyen sin discernimiento ni equilibrio. Si bien el dinero correspondiente a la cuota alimentaria es, en la mayoría de los casos, percibido por quienes realizan el reclamo, en este caso al residir la joven en otro domicilio, fue ella quien requirió asumir el manejo de dichos fondos, en el porcentaje que le correspondía”, aclara la defensora.

“Por ello recurrió a nosotros, además está estudiando, y si bien intenta generar ingresos con changas, eso no es suficiente”, describe quien representa a la joven en este proceso.

Puntualmente, en esta situación se continúa el trámite iniciado contra el progenitor, y se inicia otro contra la progenitora, ya que en este caso a ambos les corresponde asumir la obligación alimentaria. En el expediente se fijó un porcentaje a su favor, que percibirá de manera directa, ya que se determinó que se encuentra en condiciones de asumir el manejo de dicho dinero, teniendo presente variables como la de su edad.

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“El Código Civil establece que los alimentos son obligatorios hasta los 21 años, con posterioridad a dicha edad, hay que demostrar otros extremos, como por ejemplo que el hijo o la hija que estudia no puede trabajar por la carga horaria de la Universidad, regularidad en el estudio y demás. En este caso, lo que buscamos es que la joven pudiera administrar por su cuenta ambas prestaciones alimentarias, originadas a partir de la obligatoriedad que pesa sobre su padre y su madre en este aspecto, pudiendo asumir la administración, máxime considerando que no vive con ninguno de los progenitores y de esa manera evitar otro tipo de conflictiva familiar”, remarcó la defensora.

Las consultas se pueden realizar en el Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP).

En General Roca funciona en San Luis 853, 1° piso. O se puede realizar la consulta a través del teléfono fijo (0298) 429 2050 (internos 690 / 685 / 376 / 380 / 420). O llamando al celular (298) 15 469 4061.

En Villa Regina, el Centro de Atención funciona en la calle España 64 (celular 298 (159) 464 4343.


Gentileza anr
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