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Una adolescente fue abusada en un camping y el policía que tomó la denuncia alteró el relato

Una adolescente fue abusada en un camping y el policía que tomó la denuncia alteró el relato
Una adolescente fue abusada en un camping y el policía que tomó la denuncia alteró el relato:

El Tribunal de Impugnación (TI) confirmó la condena de 7 años de prisión contra un hombre mayor por el abuso sexual con acceso carnal al que sometió a una adolescente de 17 años en la zona del cámping de Río Colorado. El delito ocurrió en la última semana de 2019.

Además de ratificar la condena del Tribunal de Juicio de Roca, el TI ordenó poner en conocimiento del caso al Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia, puesto que tanto la víctima como su madre describieron un trato inapropiado en la comisaría donde radicaron la denuncia por el abuso.

La sentencia destacó que el testimonio de la víctima “resulta prueba fundamental” en este tipo de delitos y que debe valorarse “bajo la herramienta metodológica denominada perspectiva de género”, con especial atención en la información “contextual”.

El Tribunal valoró que “la joven relató en tres oportunidades la secuencia de los hechos y siempre su versión fue la misma”, a lo que sumó los testimonios de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima, del Hospital de Río Colorado y de la SENAF, que “han sido determinantes”

También se valoró el testimonio de su madre, quien describió los cambios en el ánimo y en la conducta de su hija después del hecho.

El sesgo en las transcripciones de quien recibió la denuncia

El Tribunal de Impugnación decidió transcribir el testimonio textualmente y en su totalidad para «apreciar la coherencia y el elevado grado de corroboración que tuvo su testimonio» en vez de “recortar” sólo algunas partes de la declaración de la víctima.

Además, el TI sostuvo que al momento de recibirles la denuncia en la comisaría, el agente policial que transcribió los dichos de la adolescente y de su madre no respetó literalmente sus palabras.

La Defensa intentó usar a su favor la diferencia entre el acta policial y la declaración de las mujeres en el juicio, alegando que las contradicciones quitaban valor a esas pruebas.

Pero el TI explicó el origen de esas variaciones: “La diferencia, en todo caso, radica en el sesgo de quien redactó la denuncia y en la falta de capacidad narrativa que evidencie precisión en la secuencia de los hechos que las denunciantes relataron”.

Es “necesario señalar este problema de la intermediación discursiva, especialmente en casos de delitos de género”, porque puede perjudicar una de las pruebas centrales, al condicionar desde el inicio el sentido de la declaración de la víctima.

Gentileza anr

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