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Banco Patagonia deberá pagarle 763 mil pesos a un cliente

Banco Patagonia deberá pagarle 763 mil pesos a un cliente:

La Cámara Civil de Roca condenó al banco Patagonia a pagarle 763 mil pesos a un cliente que intentó cerrar una cuenta por unos bonos, pero le siguieron facturando las comisiones y los gastos administrativos, por lo que figuraba como moroso y fue incluido en el Veraz. Para la Justicia se trató de «un caso particularmente grave».

En el punto más destacado de la sentencia, los jueces aseguraron que el Banco Patagonia mantuvo «una cuenta comitente que no debieron haber mantenido. Facturaron por el mantenimiento de esa cuenta incluso más de lo que valían los títulos que al cliente no le interesaba mantener, y al no poder efectivizar las comisiones que ellos fijaron, lo colocaron como deudor moroso”, por eso la sentencia de 763 mil pesos más intereses.

El cliente, empleado público de la provincia, recibió hace tiempo títulos de deuda pública de la provincia (CEDEPIR), y el Banco Patagonia le abrió una cuenta en la Caja de Valores S.A. para poder tenerlos. En 2016, el costo de mantenimiento de esa cuenta era superior al valor real de los bonos, entonces decidió cerrarla con la correspondiente venta de los valores, pero recibió información confusa de parte de la institución.

En un primer momento se le informó por correo electrónico que la baja iba a ser gratuita, por lo que el hombre dejó de pagar las comisiones. Ante el cese de pago, el banco informó al cliente al Banco Central y fue incluido en el registro Veraz, con un registro de categoría 4, lo que significa «alto riesgo crediticio».

A los seis meses, el hombre verificó su estado y pagó las deudas que él no había contraído, sin embargo en su historial financiero ese antecedente se mantiene. Esta fue una de las razones por la que el fallo de primera instancia condenó al banco a indemnizar al cliente. Sin embargo la institución que es agente financiero de la provincia, apeló y llegó hasta la Cámara Civil, que contrariamente elevó el monto de la sentencia que en un primer momento era de 150 mil pesos.

“La mala calificación produce sus efectos por muy largo tiempo. No es lo mismo poder decir que jamás ha sido calificado como moroso, a tener que reconocer que se lo tuvo en registro de morosos, aunque sea por unos meses. Ello afecta el honor objetivo, la imagen y crédito de la persona -la opinión de los demás- y también la propia estima -honor subjetivo-, generando dolor, aflicciones que es de suponer se mantendrán por largo tiempo”, argumenta el fallo de la Cámara.

En segunda instancia, la Justicia elevó a 763.000 pesos más intereses, incluso por encima de lo inicialmente reclamado por el afectado en su demanda, al entender que la conducta del banco fue “una clara violación del trato digno debido al consumidor y el ejercicio sin la menor empatía de comportamientos abusivos”.

En su defensa, el banco alegó que cobró las comisiones al cliente por “trasladarle” el costo de mantenimiento que imponía la Caja de Valores. Sin embargo, esta última informó que su relación es exclusivamente con el banco y no con los particulares tenedores de bonos, por lo que no tenía ninguna injerencia en las comisiones. La Caja de Valores también desmintió que las “formalidades” pedidas por el banco para el cierre de la cuenta fueran solicitadas por ella. Justamente la falta de presentación de esas formalidades (formularios, notas y certificados) fue la razón por la que, en definitiva, el banco mantuvo abierta la cuenta de los bonos desde junio de 2016, cuando el cliente pidió la baja, hasta la actualidad.

“El banco introduce un argumento absolutamente falaz en su discurso defensivo, pues no hay relación alguna del actor -o cualquier otro ahorrista o cuenta comitente- con Caja de Valores y precisamente esta entidad en su informe lo deja en claro”, señaló la sentencia. Allí también recalcó que las instrucciones para cerrar ese tipo de cuentas o para vender o transferir los bonos no tienen ninguna formalidad “y hasta pueden ser formuladas verbalmente o por teléfono”.

En cuanto al derecho a la información que tenía el cliente, la Cámara advirtió que “no es un mero incumplimiento, sino que se ha distorsionado la realidad en una maniobra absolutamente censurable”.

 

Gentileza mejorinformado

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